Aprobación Bases específicas reguladoras de la concesión subvenciones para la Campaña Bonos Comercio Benicàssim 2026

CastellónAjuntaments / Ayuntamientos

Fechas clave

Publicación de la convocatoria
15 de septiembre de 2026

Requisitos

  • Los consumidores, al adquirir los bonos, deberán abonar el 50% de su valor nominativo, siendo
  • Serán beneficiarios de las presentes ayudas las personas mayores de 18 años empadronadas
  • Los beneficiarios podrán adquirir los bonos al precio del 50% del que figura en los mismos, a
  • Como los destinatarios finales del programa de Bonos de Comercio son personas físicas, consumidores finales, el IVA de los bienes adquiridos con los bonos no se puede compensar y, por lo
  • El importe de los bonos tienen la consideración de subvención municipal. Con el acto de adquisición de los bonos, el consumidor solicita la subvención prevista en las presentes bases, autorizando
  • Las subvenciones correspondientes a los bonos adquiridos por los beneficiarios serán aprobadas por el Ayuntamiento mediante decreto del órgano competente, a través del órgano instructor
  • Las subvenciones a los ciudadanos se consideran ganancia patrimonial a los efectos del IRPF
  • Los beneficiarios no deberán estar incursos en ninguna de las causas previstas en el artículo 13
  • Con el propósito de conseguir una mayor eficiencia en su cometido, la campaña se gestionará
  • Tendrá la condición de entidad colaboradora del Ayuntamiento de Benicàssim, en la gestión de

Dónde se convoca

Convocada por Ajuntaments / Ayuntamientos.

Destino principal: Castellón.

Publicación oficial

Bases de la convocatoria
bop.dipcas.es
Publicado el 15 de septiembre de 2026
Ver bases de la convocatoria

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