Bases generales reguladoras de ayudas económicas para la adquisición de material escolar a las familias de alumnos que cursen estudios en el segundo ciclo de Educación Infantil (desde 3 años), Educación Primaria y Educación Especial

AlbaceteSección tercera. Administración Local - Ayuntamientos

Requisitos

  • Las personas solicitantes de la ayuda económica (ambos progenitores) deben ser titulares de un DNI en
  • La suma de las rentas de todos los miembros de la unidad familiar, determinada conforme con las reglas
  • Tanto el alumno/a destinatario de la ayuda, así como uno de sus progenitores, tutores o representantes legales, al menos, con quien conviva aquel, deberán figurar empadronados en el municipio de Albac
  • Debe tratarse de alumnado que esté cursando, o vaya a cursar, el segundo ciclo de Educación Infantil
  • Solamente es subvencionable con cargo a la presente convocatoria el material de uso escolar fungible
  • En particular, quedan excluidos los gastos correspondientes a la adquisición de uniformes, ropa deportiva, dispositivos y material informático o electrónico, así como los productos o artículos de aseo
  • Únicamente se admitirán los gastos de adquisición de material escolar realizados en el período comprendido entre la fecha de finalización del curso escolar anterior al de la convocatoria, y la fecha d

Dónde se convoca

Convocada por Sección tercera. Administración Local - Ayuntamientos.

Destino principal: Albacete.

Publicación oficial

Bases de la convocatoria
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